viernes, 2 de septiembre de 2016

ALARMA SOCIAL



Leo en la portada del Heraldo de ayer que la juez que instruye las diligencias del doble atropello ciclista en Botorrita no ha considerado la prisión preventiva del autor de los hechos al considerar que no existe alarma social.

En su artículo de opinión, Santiago Mendive reflexiona sobre la sensación de impunidad que se nos instala en el alma, ante tal decisión; incluso reconociendo la inviabilidad de que dicha prisión preventiva se aplique como castigo añadido al acusado.

Mendive incide en la alarmante posibilidad de que el ínclito reincida en una ebria conducción, una vez se vea en libertad. Posibilidad, o probabilidad a tener en cuenta dada las circunstancias que concurren. Una persona que ya cuenta con cierta edad y con dos “dedos de frente”, no se pone al volante cuando ha bebido, salvo que lo haga habitualmente.

Pero hay otros motivos alarmantes; por ejemplo que un hijo de uno de los fallecidos, transido de dolor por la muerte de su padre, y sintiéndose ofendido al ver a su ejecutor en libertad, decía tomarse la justicia por su mano y le abra la cabeza de un hachazo.

O que el presunto homicida, una vez tomada consciencia de la barbarie que ha provocado, en un ataque de culpable arrepentimiento decida poner fin a su sufrimiento y a su vida. Lo cual no dejaría de ser una fuga. 

Claro que yo no soy juez, y probablemente mi criterio de “alarma social” esté equivocado.

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